Responsable: | Nabalia Energía 2000, S.A. |
Finalidad: | Envío de información comercial y/o dar respuesta a tu consulta o petición. |
Legitimación: | Consentimiento expreso. |
Destinatarios: | Nabalia Energía y empresas colaboradoras. |
Derechos: | Acceder, rectificar y suprimir los datos. |
Información adicional: | Puede consultar información adicional detallada sobre Protección de Datos en nuestra política de privacidad. |
Requisitos para dar de alta la luz
Antes de entrar en materia con los documentos necesarios, también es importante advertirte de que los procesos y los requisitos para dar de alta la luz son diferentes —aunque a veces coinciden— dependiendo de si estamos hablando de una nueva vivienda que se daría de alta por primera vez o, por el contrario, de una que ya hubiese disfrutado de luz con anterioridad.
Primer suministro de una nueva vivienda
Los documentos que necesitamos en caso de que queramos dar de alta el suministro de luz en una vivienda completamente nueva son:
- La licencia de primera ocupación.
- El boletín eléctrico.
- El número CUPS —o Código Universal del Punto de Suministro—.
- La potencia contratada.
- La dirección de la vivienda.
- Los datos del titular de la tarifa —fotocopia del DNI—.
- La cuenta bancaria donde se van a realizar los cobros.
Antes también era requerida la cédula de habitabilidad extendida por el Organismo provincial del Ministerio de Obras Públicas o Comunidad Autónoma, pero ya no es necesaria.
No obstante, lo primero para poder darse de alta es averiguar si el inmueble ya cuenta con la instalación eléctrica realizada; en el caso contrario, deberíamos ponernos en contacto con la distribuidora que nos corresponde para cumplir con los requisitos para dar de alta la luz.
Acto seguido, para obtener el boletín, tenemos que contactar con un instalador eléctrico. Este nos facilitará dicho documento, donde podremos encontrar la información de la instalación eléctrica de nuestra vivienda y la potencia eléctrica que puede soportar.
Ahora sí, ya nos podemos poner en contacto con la comercializadora eléctrica de nuestra elección pues cumplimos con todos los requisitos para dar de alta la luz.
Alta de una vivienda que ya ha tenido suministro con anterioridad
En este caso, si queremos dar de alta un inmueble que se hubiese dado de baja con anterioridad, necesitaremos una cantidad menor de documentos y requisitos para dar de alta la luz:
- El número CUPS.
- La potencia contratada.
- La dirección del inmueble a dar de alta.
- Datos del titular del alta.
- La cuenta bancaria.
¿Y si se trata de un piso de alquiler?
En este caso, necesitamos tanto el DNI del titular del piso como el del nuevo inquilino. Además, es imprescindible cambiar la titularidad del contrato de electricidad.
En el caso de que el Certificado eléctrico se hubiese realizado hace más de 20 años, es necesario pedir uno nuevo; y no podemos olvidarnos del ya conocido número CUPS. Con estos documentos en mano, ya cumplimos con los requisitos para dar de alta la luz en un inmueble alquilado.
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